Micelio
Auto31 de enero de 2024

A- de 2024

Ponente Juan Carlos Cortés González

Demandante De Oficio·Demandado Vargas Cuatindioy Jose

Tema · dato duro
Inexistencia De Conflicto De Competencia Entre Jurisdicciones-Incumplimiento Del Presupuesto Subjetivo
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto aparente de competencia entre jurisdicciones, suscitado entre el Juzgado Primero Promiscuo Municipal de San Miguel, Putumayo, y el Cabildo Indígena Selvas del Putumayo del Municipio de Orito.

La causa que origina la controversia consiste en un proceso penal iniciado contra un ciudadano, miembro de comunidad indígena, por el presunto delito de violencia intrafamiliar.

Al verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena advierte que el presupuesto subjetivo no se encuentra acreditado, por no configurarse una controversia entre dos autoridades con funciones jurisdiccionales; los únicos que reclamaron la competencia sobre el presente asunto fueron la Fiscalía y el resguardo indígena.

Si bien esas alegaciones se plantearon en el marco de la audiencia preliminar, lo cierto es que no existe manifestación de una autoridad que ejerza funciones jurisdiccionales y pertenezca a la jurisdicción ordinaria.

La sola actuación de la Fiscalía no se enmarca en los presupuestos en los que la jurisprudencia de este tribunal ha admitido que dicha entidad proponga conflictos entre jurisdicciones.

En efecto, prima facie: (i) los hechos materia de investigación no corresponden a un caso en el cual, la justicia penal militar eventualmente pueda resultar competente; y, (ii) en principio, no concurren circunstancias que permitan inferir que la conducta constituyó una grave violación a los derechos humanos.

En consecuencia, la Corte decide declararse inhibida para pronunciarse de fondo y resuelve remitir el expediente al Juzgado Primero Promiscuo Municipal de San Miguel, Putumayo, para que, dentro de sus competencias, defina si reclama la competencia sobre el presente asunto y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. Declararse INHIBIDA para pronunciarse sobre la aparente controversia de competencia entre jurisdicciones suscitada entre la Fiscalía 24 Local de Puerto Asís, Putumayo, y el Cabildo Indígena Selvas del Putumayo del municipio de Orito, respecto de la investigación penal adelantada contra José Ausberto Vargas Cuatindioy.
  2. SEGUNDO. REMITIR el expediente CJU-4852 al Juzgado
  3. Primero. Promiscuo Municipal de San Miguel, Putumayo, para que, dentro de sus competencias, defina si reclama la competencia sobre el presente asunto y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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